Toma de posesión de diez nuevos funcionarios para el Ilustrísimo el pasado 10 de diciembre. Con fecha 15 de marzo de 2007 se publicó en BORM, entre otras, las bases para provisión de una plaza de Encargado vacante en la plantilla de Personal Funcionario del Ilustrísimo. Entre los requisitos exigidos a los aspirantes figuraba:
Estar en posesión de titulación académica correspondiente al grupo D del artículo 25 de la Ley 30/84 (Graduado escolar, FP de primer grado o equivalente) o en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de admisión de instancias.
Posteriormente, el día 19 de julio de 2007, se publicó la siguiente corrección de errores a la Base primera, que debía añadir lo siguiente: “Debido a las funciones que tienen atribuidas los encargados se hace imprescindible (el subrayado es nuestro) la consideración de la experiencia de la realización en este proceso selectivo, lo que se puede valorar a través de la elección del concurso-oposición como sistema de selección”. Si tan "imprescindible" era dicha "consideración" choca que se haya llegado a esta conclusión solo tras el retraso de meses sufrido para la celebración de los exámenes a consecuencia de la impugnación de las bases.
Aparte de ésta y otras correcciones en ningún lugar se ha procedido a la invalidación del requisito arriba mencionado respecto a la posesión de titulaciones como las de Graduado Escolar para aspirar a la plaza de Encargado.
Pero este artículo requiere de una segunda parte con la que dejar claro a donde queremos llegar.
1 comentario:
¿Segunda parte?
no hace falta, esta TODO claro
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