jueves, 26 de julio de 2007

El Sobre Cerrado -o cómo marear una perdiz-

Durante el pasado mes de marzo publicaron en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) varios anuncios de convocatorias para provisión de funcionarios de carrera en el Ayuntamiento de Mazarrón. Las bases constaban de un apartado INSTANCIAS donde se decía que, a la instancia solicitando tomar parte de las convocatorias, se acompañaría un “sobre cerrado titulado Méritos que incluirá la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes para su valoración en el concurso, mediante originales o fotocopia compulsada…”


Como es lugar común… hecha la ley hecha la trampa, solo que en este caso ni siquiera el dicho es aplicable al desafiar el mencionado apartado de las bases cualquier precepto formalmente establecido con vista a garantizar un proceso transparente. Cualquier ciudadano captará el objeto de compulsar una instancia solicitando participar en un concurso-oposición, así como la fotocopia del D.N.I. adjunta a ella.; se trata, como es lógico, de garantizar que la administración no impida a una persona presentarse a la convocatoria argumentado una supuesta irregularidad o incumplimiento de los requisitos destinados a una petición en toda regla cuando el solicitante puede demostrar lo contrario en virtud de la copia compulsada en su poder. Sin embargo, y tal como están redactadas estas bases, el Sobre Cerrado impediría dar registro de entrada a las titulaciones académicas y de formación que contendría, de modo que tanto lo aportado al respecto por los aspirantes como lo no aportado sería algo de lo que solo tendría conocimiento el Tribunal, no pudiéndose garantizar así una puntuación no arbitraria por parte de sus miembros.

Cuando algunos particulares hemos impugnado las bases llamando la atención sobre el requisito del Sobre Cerrado, el Ilustrísimo ha reincidido en su falta publicando en BORM una rectificación de errores en la que se hace caso omiso de este punto concreto, así que seguimos erre que erre.

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